Mediante el Seguro de Accidentes del Personal laboral damos la cobertura adecuada para garantizar a nuestro personal según las exigencias establecidas en cada uno de los convenios por los que se rigen nuestros empleados.
Documentos
Documento de Información del Producto (PID)
Un seguro pensado para tu tranquilidad:
Fallecimiento por accidente.
Invalidez por accidente.
Asistencia sanitaria.
Prótesis.
Odontología.
In itinere.
Actividades especiales.
Con UMAS sumas más
Nuestro seguro de Accidentes de Trabajadores está pensado para que tus empleados trabajen con tranquilidad ante los imprevistos:
Con coberturas específicas adaptadas al convenio laboral.
Más de 1.000 centros médicos privados en todo el territorio nacional.
Con un servicio de atención telefónica al mutualista las 24 horas del día.
La obligatoriedad de este seguro se regirá por la legislación respectiva de cada Comunidad Autónoma.
Es necesario comunicar a la MUTUA el número real de asegurados, conforme a la relación de las Altas y/o Bajas del colectivo que se hubiesen producido durante el periodo de cobertura transcurrido, de lo contrario puede ocurrir que un asegurado no tenga la asistencia médica al no haber sido incluido en la póliza.
Sí, siempre y cuando el Convenio así lo exija. Si no existiera convenio o de existir no fuera exigido, se analizará su cobertura a demanda del interés del mutualista.
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